La medida, soportada en el Decreto 00376 de ayer 29 de septiembre de 2022, indica que el horario de la restricción será de 8am a 8pm del día en mención, y quien infrinja el documento, será objeto de una sanción de hasta 15 salarios mínimos legales diarios vigentes.
El mismo define varias excepciones, entre ellas los vehículos de servicio público, militares, socorro y salvamento, así como de emergencias.
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